Las marcas de electrónica europeas e internacionales que se limitan a subcontratar la producción de componentes a empresas de Malasia son responsables de las condiciones laborales a lo largo de toda la cadena de suministro.

Durante la investigación sobre las vulneraciones de los derechos laborales en Malasia, Danwatch detectó que a veces se incumplía la legislación de este país. Por ejemplo, la Ley de pasaportes aprobada en 1996, que prohíbe confiscarlos.


A pesar de que las empresas de Malasia –amparadas por la legislación estatal– son las que tienen que hacer cumplir las condiciones laborales, algunos organismos internacionales señalan que las empresas extranjeras que compran productos y componentes en las fábricas locales también tienen que asumir su parte de responsabilidad. Tanto Naciones Unidas como la OCDE tienen directrices sobre cómo tienen que actuar las empresas en caso de que se vulneren los derechos humanos y afirman que éstas son responsables de contrarrestar los incumplimientos de este tipo que se produzcan a lo largo de la cadena de suministro.


Según los Principios rectores sobre empresas y derechos humanos de la ONU las empresas tienen que actuar con diligencia debida en materia de derechos humanos con el objetivo de prevenir y mitigar los posibles impactos sobre los derechos humanos, y rendir cuentas, explica Andreas Rasche, profesor del Centro de Responsabilidad Social Corporativa de la Escuela de Negocios de Copenhague. “Si una marca actúa correctamente y tiene una visión integral, tiene que poder detectar los riesgos importantes de su cadena de suministro, incluyendo a los proveedores de los niveles inferiores”, asegura. “Por lo tanto, en cuanto a vuestro caso, las marcas de electrónica que se abastecen en Malasia serán las responsables siempre y cuando el trabajo de sus proveedores tenga una relación directa con los productos, los servicios o las actividades de las marcas”.


Incumplimiento de la normativa


La OCDE mantiene un enfoque similar que requiere que sus miembros desarrollen sistemas de detección y evaluación de riesgos, y también recomienda a las empresas que señalen a los proveedores o las actividades que operen en regiones o sectores considerados de alto riesgo. Dicho de otro modo, es necesario que las marcas internacionales de electrónica tengan más cuidado cuando tratan con proveedores de Malasia, puesto que se han documentado vulneraciones generalizadas de los derechos laborales. Esto quiere decir que las empresas tienen que tener muy clara la diligencia debida que aplican antes de entrar en Malasia.


Según Rasche, sin embargo, si nos guiamos por las páginas web de las marcas internacionales y los comentarios sobre sus actividades en Malasia que enviaron a Danwatch, no queda claro que estén actuando con diligencia debida. Cuando Danwatch preguntó a Possehl sobre las denuncias de trabajo forzoso del personal subcontratado en su filial malaya, el portavoz del grupo, por ejemplo, solo respondió que la empresa había compensado a las personas trabajadoras con el pago íntegro de los salarios pendientes, antes de añadir que la fábrica de Malasia “está convencida de haber cumplido escrupulosamente todas las normas y requisitos legales”. Según Andreas Rasche, con esto no hay bastante.


“Cuando aseguran que creen haber cumplido todas las normas, obvian que la legislación laboral internacional también dispone de una normativa clara sobre trabajo forzoso”, afirma Rasche.
“Su respuesta a la cuestión salarial es justa y correcta, pero también creo que tenemos que esperar que estas empresas apliquen procesos para controlar estrictamente las condiciones laborales de las filiales que corren el riesgo de vulnerar los derechos del personal”.


Respuesta insatisfactoria


Andreas Rasche también se refiere a los comentarios que Toshiba y Panasonic enviaron a Danwatch después de que la entidad les pidiera que se implicaran para resolver las vulneraciones de derechos laborales en una fábrica de Malasia proveedora de las dos empresas. Al principio, los comentarios sugerían que las marcas solo daban credibilidad al comunicado que les había enviado la fábrica, a pesar de que se contradecía con las entrevistas que Danwatch hizo al personal.


“Cuando las empresas tienen indicios como los que revelasteis, tienen que investigarlo con más profundidad”, afirma Rasche, añadiendo que la situación tendría que pasar para hacer una auditoría independiente, a pesar de que estos procesos tampoco son ninguna garantía. “Según la segunda respuesta, parece que ahora Toshiba lo está haciendo”, explica Rasche a Danwatch. Después, señala la segunda respuesta de Panasonic, en que afirma que “tendrá en cuenta” la posibilidad de hacer una investigación que no se base únicamente en la información del proveedor. “La respuesta de Panasonic no es satisfactoria”, afirma Andreas Rasche.


Los Principios rectores sobre empresas y derechos humanos de la ONU


Según los Principios rectores sobre empresas y derechos humanos de la ONU, los estados tienen que proteger los derechos humanos y las empresas están obligadas a respetarlos, incluso cuando los primeros fracasen a la hora de hacerlo. Estos principios establecen que las empresas se tienen que responsabilizar de los impactos adversos sobre los derechos humanos que su actividad pueda generar a lo largo de toda la cadena de suministro.


Medidas concretas exigibles a las empresas:


– Una declaración comprometiéndose a cumplir la responsabilidad de respetar los derechos humanos.

– Un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos para detectar, prevenir, y mitigar los impactos sobre los derechos humanos, y rendir cuentas.


– Mecanismos de reparación de los impactos adversos para los derechos humanos que su actividad genere o fomente.



Fuente: UNGP, 2019.